Desde la Vocalía de Cultos y Formación queremos ayudar a los hermanos a resolver las dudas sobre esta forma excepcional de disfrutar de la misericordia de Dios:
1. ¿Qué es una celebración Jubilar?
En un Jubileo el creyente puede obtener indulgencias plenarias para el perdón de sus pecados, si cumple unas condiciones.
2. ¿Cuáles son esas condiciones?
Tener la intención de evitar cualquier pecado mortal o venial y cumplir tres condiciones: confesión sacramental, comunión Eucarística y rezar por las intenciones del Papa (por ejemplo, un Padrenuestro o un Avemaría).
3. ¿Qué es una indulgencia y en qué se diferencia de la absolución que recibimos en la confesión?
Primero hay que distinguir entre culpa y pena. Cuando pecamos, es decir, cuando obramos mal contra Dios, contra nosotros mismos o contra los demás, la culpa es nuestra responsabilidad en ese pecado. La pena, sin embargo, es la consecuencia que tiene ese pecado.
En la confesión, Dios borra la culpa de nuestros pecados, y también condona parte de la pena eterna que deberíamos cumplir tras la muerte a causa de dichos pecados. Pero no la condona totalmente porque los pecados siempre tienen consecuencias.
La pena no es una venganza de Dios, sino la consecuencia de los pecados, así que a lo largo de la vida siempre queda una parte de la pena por expiar (esa que la confesión no puede borrar, y que se llama pena temporal).
La pena temporal, que la confesión no borra, se puede purificar, sin embargo, de tres formas: ofreciendo buenas obras y los sufrimientos de esta vida; con el purgatorio, tras la muerte; o con indulgencias.
4. ¿Es necesario ganar indulgencias aunque te hayas confesado?
La confesión es necesaria porque borra la culpa y la pena eterna de la condenación; la indulgencia es una gracia añadida que da un perdón aún mayor. Por eso puede haber confesión sin indulgencia, pero no indulgencia sin confesión.
5. ¿Qué pretende la Iglesia al permitir hacer “borrón y cuenta nueva” con la indulgencia plenaria?
Las indulgencias son un empujón y un regalo inmerecido que Dios nos da, a través de la Iglesia, en el camino de la búsqueda de la santidad.
6. ¿Existe el peligro de minimizar el efecto del pecado al poder ganar indulgencias tan fácilmente?
Es responsabilidad de cada cristiano tomarse en serio la gravedad del pecado y la ofensa que comete contra Dios cada vez que peca. Y también es su responsabilidad apreciar con sinceridad de corazón la oportunidad única que supone una indulgencia.
7. Para ganar una indulgencia se necesita estar en gracia de Dios. ¿Y si al poco de confesarnos hemos vuelto a tropezar?
Depende del tropiezo: puede ser “un rasguño” por el que no se pierda la gracia santificante, o puede ser algo grave. En todo caso, es poco probable caer en pecado mortal tras una buena confesión.
8. ¿Hay clases de indulgencias?
Hay indulgencia parcial e indulgencia plenaria, según libere de la pena temporal en parte o totalmente. Por ejemplo, al rezar el rosario se puede alcanzar la indulgencia parcial, y por otros medios ofrecidos por la Iglesia, se puede ganar la indulgencia plenaria.
9. ¿Podemos ganar indulgencias plenarias y, aun así, ir al infierno?
El juicio definitivo corresponde solo a Dios, pero, en teoría, sí. La pena eterna que comporta un pecado mortal cometido tras haber ganado una indulgencia necesita ser condonada de nuevo a través de la confesión. La pena temporal debida a ese pecado solo podrá ser condonada totalmente en vida con otra indulgencia plenaria.
10. ¿Podemos obtener indulgencias plenarias para los difuntos?
Sí. De hecho, podemos aplicar la indulgencia que hemos ganado a un alma del purgatorio.
11. Si esa alma no está en el purgatorio, ¿se pierde mi indulgencia?
Nada se pierde en el misterio de la Iglesia, gracias a la comunión de los santos. Incluso los ofrecimientos que hacemos por una persona pueden tener como beneficiaria a la Iglesia en su totalidad.
12. ¿Podemos obtener indulgencias también para personas vivas?
No, porque esa persona está aún en estado de merecimiento (o sea, de merecer no condenarse) de modo que su libertad no puede ser suplida, salvo casos excepcionales.